El TSJ de la Comunidad Valenciana anula parcialmente el decreto de plurilingüismo por discriminar el castellano en el sistema educativo valenciano.

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El TSJ de la Comunidad ha declara la nulidad parcial de del decreto plurilingüistico educativo valenciano. Ha estimado los recursos interpuestos por varios colectivos de padres de alumnos y anula los artículos 9.4, 17, 18, 19, 20 y 21, la disposición adicional octava y los anexos XI y XII del Decreto 9/2017, ya que los preceptos, que se encontraba suspendida de manera cautelar por el Tribunal, vulneran la Constitución, precisamente por la discriminación de la lengua castellana.
 
Según el TSJCV, “el sistema, al establecer una manifiesta desigualdad en detrimento de la lengua castellana, está vulnerando la disposición adicional trigésimo octava nº 3 de la Ley Orgánica de Educación, que proscribe la discriminación de cualquiera de las lenguas oficiales”. De hecho, la resolución, la educación en castellano solo se ha mantenido en las zonas históricamente castellanoparlantes y como opción intermedia en la enseñanza concertada. La inmersión lingüística, subraya el Tribunal, tiene cabida siempre que “exista oferta alternativa de enseñanza sostenida con fondos públicos en la que se utilice como vehicular cada una de las lenguas cooficiales”.
 
Fuente: Comunicación Poder Judicial.
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