Una compañía de seguros es condenada a pagar 14.575 euros a un asegurado, que inició un tratamiento neuro-rehabilitador por su cuenta y en un centro ajeno a la aseguradora. La sentencia dictada por el juzgado núm. 7 de Santander da la razón al cliente, debido a que en ningún momento contó con el respaldo y la cobertura de la compañía, que de un modo arbitrario y unilateral modificó las cláusulas e ignoró al asegurado, negándose a abonar el importe gastado por aquél.
Señala la sentencia: “tras conocer su delicado estado de salud, el informe médico que recomendaba un tratamiento neurorehabilitador, y la solicitud realizada en ese sentido, negó de forma injustificada, sin mayor motivación y amparándose en una interpretación arbitraria de una cláusula de la póliza, la cobertura solicitada” [Kirian Riquelme Saldivia].
Fuente: Comunicación Poder Judicial