Discurso satírico y derecho al honor. Comentario a la STEDH de 14 de marzo de 2013 (TEDH 2013, 31), Caso Eon c. Francia.

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El Profesor José Ramón de Verda y Beamonte (Presidente del IDIBE) expone en su artículo que la sátira es una forma de expresión artística y comentario social que exagerando y distorsionando la realidad, pretende provocar y agitar. Por lo tanto, es necesario examinar con especial atención cualquier injerencia en el derecho de un artista -o de cualquier otra persona- a expresarse por este medio.

SUMARIO:

I. El derecho al honor como límite de ejercicio de la libertad de expresión en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

II. La sátira como instrumento de ejercicio de la libertad de expresión.- 1. El mayor grado de tolerancia hacia los comentarios de carácter satírico.- 2. La persistencia del límite del uso de expresiones inequívocamente injuriosas o manifiestamente vejatorias.- 3. La distinción entre expresiones injuriosas y vulgares.

III. La sátira como instrumento de ejercicio de la libertad de creación artística.- 1. La libertad de creación artística, en particular, en su modalidad artística, como derecho autónomo respecto de la libertad de expresión.- A) La posición de los textos internacionales sobre la materia.- B) La posición de la jurisprudencia constitucional española.- 2. La falta de exigencia de que la sátira verse sobre un asunto de interés público.- 3. El respeto a la dignidad de la persona como límite infranqueable del ejercicio del derecho a la creación literaria.

Rev. boliv. de derecho nº 18, julio 2014, ISSN: 2070-8157, pp. 350-365

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