La protección de la infancia frente a la pornografía infantil

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La Fsical Delegada de Menores de la Comunidad Valenciana Gema García Hernández reflexiona en este artículo sobre un grave problema de nuestro tiempo: la pornografía infantil. Se abordarán aquí, tanto la normativa internacional, con especial incidencia en Directiva 2011/92/UE, de 13 de diciembre de 2011, relativa a la lucha contra los abusos sexuales y la explotación sexual de los menores y la pornografía infantil; como la jurisprudencia del Tribunal Supremo, en el intento de definir conceptos y esclarecer los tipos penales. Otros aspectos que se examinarán son, el consentimiento sexual, su consideración en los supuestos de relaciones consentidas entre menores de edad; el estatuto de la víctima de pornografía infantil en el marco de la Directiva, con referencia al papel del Ministerio Fiscal; Grooming, su relación con las redes sociales, y el bloqueo de Internet, Blocking.

SUMARIO:

I. Introducción.

II. El concepto de pornografía infantil.

III. El consentimiento sexual en la pornografía infantil.

IV. De la posesión para uso particular al acceso intencionado.

V. El concepto de organización.

VI. Grooming.

VII. La protección de la victima.– 1. El papel del ministerio fiscal.- 2. Identificación de las víctimas.- 3. Duración de la protección.- 4. Representación del menor.- 5. Garantías en torno a la denuncia.- 6. Prescripción de los hechos.-

7. Garantías en torno a la declaración.

VIII. El bloqueo en internet (blocking).

Rev. boliv. de derecho nº 15, enero 2013, ISSN: 2070-8157, pp. 90-111

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