La validez obligacional de la venta de cosa común sin el consentimiento de todos los comuneros. Comentario a la STS 7/2013, de 15 de enero (RJ 2013, 2276)

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La Profesora Raquel Guillén Catalán (miembro del IDIBE) analiza una sentencia en la que se examina si la venta de la totalidad de la cosa común hecha por uno de los comuneros, sin el consentimiento de los demás es válida, desde un punto de vista obligacional, sin perjuicio de que el contrato pueda ser anulado por el comprador, que desconocía dicha circunstancia, siempre que su error sea esencial y excusable.

SUMARIO:

I. Introducción.

II. Teoría sobre la nulidad de la venta de cosa común.

III. Argumentos sobre la validez de la venta de cosa común

IV. Síntesis conclusiva.

Rev. boliv. de derecho nº 18, julio 2014, ISSN: 2070-8157, pp. 432-441

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