Recurso de amparo, incidente de nulidad de actuaciones y tutela de los derechos fundamentales de la personalidad. Comentario a la STC (pleno) 216/2013, de 19 de diciembre (RTC 2013, 216).

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José Ramón de Verda Beamonte (Presidente del IDIBE) profundiza en este artículo sobre el hecho de que el objeto del proceso consistente en el estudio de la lesión directa de un derecho fundamental de carácter sustantivo, como es el caso del derecho al honor o a la intimidad, teniendo su origen en un acto de particulares, la interposición del recurso de amparo no requiere el previo planteamiento del incidente de nulidad de actuaciones.

SUMARIO:

I. Consideraciones preliminares: la eficacia privada de los derechos fundamentales de la personalidad.

II. El control indirecto de la constitucionalidad de los actos de los particulares.

III. El recurso de amparo tras la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, de reforma de la ley orgánica del tribunal constitucional: el requisito de la “especial trascendencia constitucional”.

IV. El carácter subsidiario del recurso de amparo: la ausencia de la necesidad de interponer un incidente de nulidad de actuaciones cuando el objeto del proceso versa sobre la lesión directa de un derecho fundamental de la personalidad.

Rev. boliv. de derecho nº 18, julio 2014, ISSN: 2070-8157, pp. 490-501

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