Absueltas dos esquizofrénicas que provocaron un incendio en un hospital psiquiátrico.

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Dos mujeres internadas en un hospital psiquiátrico han provocado un incendio, que está penado por el artículo 351 del Código Penal. El incendio fue causado porque una de las pacientes le dio un mechero a otra, que se dedicó a prender fuego a las camas, por lo que acabó saltando la alarma de incendios y más tarde se dirigieron al despacho de la médica encargada. Posteriormente el incendio se acabó propagando rápidamente por todo el pasillo, dañando materiales y provocando el traslado de otros pacientes a otros centros.

Estas personas, han sido absueltas de su responsabilidad criminal debido a la eximente de trastorno mental, tal y como se establece en el artículo 20.1 del Código Penal. A pesar de haber sido absueltas, se les ha impuesto la medida de libertad vigilada que consiste en someterse a un tratamiento médico ambulatorio durante 5 años.

Para terminar, debido a la responsabilidad civil, deberán indemnizar de manera conjunta y solidaria a la compañía de seguros una cantidad superior a medio millón de euros debido a los daños y perjuicios causados. Las costas han sido declaradas de oficio [Enrique Lorenzo Andreu Zamorano].

Fuente: Comunicación del Poder Judicial.

Acceder a la Comunicación y a la Sentencia

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