STS (Sala 1ª) de 11 de diciembre de 2014, rec. nº 1198/2012.
“(…) El problema de la crisis financiera es un suceso que ocurre en el círculo de sus actividades empresariales, que no puede considerarse, imprevisible o inevitable – fuerza mayor” (F.D. 5º) [J.A.T.C.]