La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha ratificado esta sanción el pasado 24 de julio de 2017, al rechazar el recurso contencioso-disciplinario del Guardia Civil implicado. Inicialmente, el Director General de la Guardia Civil había sancionado al sujeto con 2 años de suspensión, pero el Ministro de Defensa aumentó la sanción a un año.
El Guardia Civil presentó recurso contra esta decisión de sancionarlo, pero el Tribunal Supremo ha decidido confirmar la suspensión, por entender que hubo infracción del art. 7.18 de la Ley Orgánica del régimen disciplinario de la Guardia Civil, considerando hechos probados que en 2013 el Guardia había empezado ejercer de árbitro en la Real Federación Española de Fútbol de Madrid, y en varias ocasiones, en el año 2015, llegó a actuar, estando de baja de servicio [Guillermo Carrasco Gil].
Fuente: Comunicación Poder Judicial.
Acceder a la Comunicación y a la Sentencia
El Guardia Civil presentó recurso contra esta decisión de sancionarlo, pero el Tribunal Supremo ha decidido confirmar la suspensión, por entender que hubo infracción del art. 7.18 de la Ley Orgánica del régimen disciplinario de la Guardia Civil, considerando hechos probados que en 2013 el Guardia había empezado ejercer de árbitro en la Real Federación Española de Fútbol de Madrid, y en varias ocasiones, en el año 2015, llegó a actuar, estando de baja de servicio [Guillermo Carrasco Gil].
Fuente: Comunicación Poder Judicial.
Acceder a la Comunicación y a la Sentencia