Autores: Dra. Ana Isabel Berrocal Lanzarot.
Resumen: La información y el consentimiento informado son derechos de los pacientes en ejercicio de su autonomía de voluntad que, constituye el eje básico de las relaciones clínico-asistenciales y forma parte integrante de la lex artis ad hoc. El titular de la información y quien presta el consentimiento es el paciente, si bien, cuando el paciente no sea capaz de tomar decisiones o se está ante un supuesto de consentimiento por representación, el consentimiento lo prestarán las personas vinculadas a él por razones familiares o de hecho a sus representantes legales. El presente estudio se va a centrar en el derecho a la información, consentimiento informado y en los diversos instrumentos para su prestación de los que el paciente se puede valer.
Sumario:
I. Consideraciones previas.
II. El derecho de información del paciente.
1. Concepto y finalidad.
2. Contenido y alcance de la información sanitaria.
3. Caracteres y forma de la información sanitaria.
4. Sujetos a quienes corresponde transmitir el deber de información al paciente.
5. Titular de la información sanitaria.
6. El derecho a la información epidemiológica y sobre el sistema de la salud.- 7. Efectos de la información. Obligación de medios y de resultado. Medicina curativa y medicina satisfactiva.
III. Consentimiento informado.
1. Concepto, alcance y contenido.
2. Excepciones al consentimiento informado.
3. Capacidad para prestar válido consentimiento. El consentimiento por representación. Instrumentos para prestarlo.
A) Personas incapaces de hecho.
B) Personas con la capacidad modificada judicialmente.
C) Menores de edad.
D) Supuestos en los que no cabe el consentimiento por representación.
Referencia: Actualidad Jurídica Iberoamericana ISSN 2386-4567, Nº 8, 2018, pp. 156-212.
Resumen: La información y el consentimiento informado son derechos de los pacientes en ejercicio de su autonomía de voluntad que, constituye el eje básico de las relaciones clínico-asistenciales y forma parte integrante de la lex artis ad hoc. El titular de la información y quien presta el consentimiento es el paciente, si bien, cuando el paciente no sea capaz de tomar decisiones o se está ante un supuesto de consentimiento por representación, el consentimiento lo prestarán las personas vinculadas a él por razones familiares o de hecho a sus representantes legales. El presente estudio se va a centrar en el derecho a la información, consentimiento informado y en los diversos instrumentos para su prestación de los que el paciente se puede valer.
Sumario:
I. Consideraciones previas.
II. El derecho de información del paciente.
1. Concepto y finalidad.
2. Contenido y alcance de la información sanitaria.
3. Caracteres y forma de la información sanitaria.
4. Sujetos a quienes corresponde transmitir el deber de información al paciente.
5. Titular de la información sanitaria.
6. El derecho a la información epidemiológica y sobre el sistema de la salud.- 7. Efectos de la información. Obligación de medios y de resultado. Medicina curativa y medicina satisfactiva.
III. Consentimiento informado.
1. Concepto, alcance y contenido.
2. Excepciones al consentimiento informado.
3. Capacidad para prestar válido consentimiento. El consentimiento por representación. Instrumentos para prestarlo.
A) Personas incapaces de hecho.
B) Personas con la capacidad modificada judicialmente.
C) Menores de edad.
D) Supuestos en los que no cabe el consentimiento por representación.
Referencia: Actualidad Jurídica Iberoamericana ISSN 2386-4567, Nº 8, 2018, pp. 156-212.