El derecho a una investigación efectiva en la jurisprudencia del TEDH.

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Autora: Elena de Luis García, Directora del Máster en Abogacía y Práctica Jurídica de la Universidad Internacional de Valencia y profesora adjunta de Derecho Procesal. Correo electrónico: eluis@universidadviu.com

Resumen: El derecho a una investigación efectiva ha sido consagrado por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, no como una mera declaración de intenciones, sino como una verdadera garantía que comporta la imposición a los Estados de un deber de actuación ante las agresiones más graves a los derechos humanos, con el fin último de alcanzar una verdadera y eficaz tutela de los mismos. A partir de dicha premisa, en el presente trabajo se presentan, de un modo descriptivo, el fundamento y naturaleza de tal investigación, con el objeto de aclarar cuándo surgirá la obligación para las autoridades estatales y qué elementos deberán concurrir para garantizar un adecuado cumplimiento con el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Sumario:
I. Introducción.
II. El CEDH como fundamento de las garantías procesales.
1. Doctrina de las obligaciones positivas
2. El fundamento del deber de investigar.
A) Vertiente procesal de determinados derechos.
B) Derecho a un juicio justo.
C) Derecho a un recurso efectivo.
III. Contenido del derecho a una investigación efectiva.
1. Investigación efectiva y acceso a la justicia.
2. Características de la investigación.
A) Independencia e imparcialidad.
B) Efectividad.
C) Rapidez.
D) Publicidad.
E) Accesibilidad a los resultados de la investigación.
IV. Conclusiones.

Referencia: Rev. Boliv. de Derecho Nº 27, enero 2019, ISSN: 2070-8157, pp. 494-515.

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