Las medidas civiles en la orden de protección del art. 544 ter Ley de Enjuiciamiento Criminal en casos de violencia de género o familiar.

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Autor: Pedro José López Mas, Profesor Ayudante Doctor (Acr. Contratado Doctor) de la Universidad de Alicante. Correo electrónico: pedro.jose@ua.es

RESUMEN: El presente trabajo analiza la conocida orden de protección prevista en el artículo 544 ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal como cauce cautelar hábil, que permite ofrecer, mediante un procedimiento de incoación urgente, una respuesta penal, pero también de naturaleza civil, con carácter inmediato e interino, a fin de salvaguardar los intereses más dignos de protección puestos en riesgo, cuales son los de la propia víctima de violencia de género o doméstica, y los de aquellas otras personas especialmente vulnerables que han padecido y/o convivido con la violencia, tales como menores o personas con discapacidad que formen parte del núcleo familiar. Así, este instrumento, con un alcance ciertamente provisional y limitado, habilita al Juez de Guardia o, en su caso, a aquel con competencias en materia de Violencia sobre la Mujer a adoptar medidas más propias del ámbito estrictamente civil de familia, como son la atribución del uso de la vivienda familiar, la regulación de la patria potestad, el establecimiento de un régimen de guarda y custodia y la fijación del derecho de visitas o la prestación de alimentos, sin perjuicio de su ratificación, modificación o alzamiento posterior en el plenario civil correspondiente. Es por todo ello que la relevancia y actualidad de este trabajo resulta más que evidente si partimos del hecho de que en el año 2024 se registró la friolera de 34.684 mujeres víctimas de violencia de género en España, situación que trata de atajar con más o menos éxito la orden de protección.

PALABRAS CLAVE: orden de protección; medidas civiles; derecho de familia; violencia doméstica; violencia de género.

ABSTRACT: This paper analyzes the protection order provided for in Article 544 ter of the spanish Ley de Enjuiciamiento Criminal as an appropriate precautionary measure, which offers an immediate criminal and civil response. These measures seek to protect interests at risk that are worthy of protection, namely those of the victim of gender-based or domestic violence and those of other particularly vulnerable people who have suffered or lived with violence, such as minors or people with disabilities that are part of the family unit. Thus, this instrument enables the investigating judge or, where appropriate, the judge with jurisdiction over violence against women, to adopt strictly civil measures in the family sphere. Among others, these include the assignment of use of the family home, the regulation of parental authority or the care and custody, or the provision of child support. For all these reasons, the relevance of this paper is more than evident if we consider the fact that there were 34,684 women victims of gender-based violence in Spain in 2024. This situation is what the protection order seeks to remedy, with varying degrees of success.

KEY WORDS: protective order; civil measures; family law; domestic violence; gender-based violence.

SUMARIO:
I. CONSIDERACIONES PRELIMINARES. VIOLENCIA DOMÉSTICA VERSUS VIOLENCIA DE GÉNERO.-
1. Violencia doméstica.-
2. Violencia de género.-
3. Particular mención a la reforma competencial de los delitos sexuales frente a las mujeres, acometida por la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero.-
II.  LA ORDEN DE PROTECCIÓN DEL ART. 544 TER DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL.-
1. Naturaleza jurídica y ámbito de aplicación.-
2. Procedimiento para su adopción.-
3. Violencia doméstica y de género y dificultades probatorias.-
III. LAS MEDIDAS CIVILES EN EL SENO DE LA ORDEN DE PROTECCIÓN.-
1. Fundamento, presupuestos y vigencia temporal.-
2. Las medidas civiles en particular.-
A) Atribución del uso de la vivienda familiar.-
B) Suspensión del ejercicio de la patria potestad, guarda y custodia, acogimiento, tutela, curatela o guarda de hecho.-
C) Guarda y custodia y régimen de visitas de los hijos comunes.-
D) Prestación de alimentos.-

Referencia: Actualidad Jurídica Iberoamericana Nº24, febrero 2026, ISSN: 2386-4567, pp. 446-477.

Revista indexada en SCOPUS (Q3), CIRC (“B”), ANVUR (clase “A”), RRDe (Q1), IDR (C3), LATINDEX y MIAR.

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