El Tribunal de Luxemburgo extiende al cliente del abogado la categoría y protección de consumidores

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STJUE (Sala 9ª) de 15 de enero de 2015, en el asunto C‑537/13.

“La Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, debe interpretarse en el sentido de que se aplica a los contratos tipo de servicios jurídicos, como los que son objeto del asunto principal, concluidos por un abogado con una persona física que actúa con un propósito ajeno a su actividad profesional.” (§ 36) [B.A.S.]

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