El Tribunal Supremo otorga cero puntos en un proceso selectivo por no aportar la documentación pese a obrar en poder de la Administración.

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STS (Sala de lo Contencioso), de 25 de marzo de 2019, rec. nº 2762/2016.
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“(…) el artículo 23.2 de la Constitución es ajeno a lo litigioso pues en lo que ahora interesa, proclama el derecho a acceder en condiciones de igualdad al empleo público con los requisitos que señalen las leyes, y en nada se ha discriminado a la recurrente: sometida a unas bases claras -forman parte de esos requisitos a los que se remite al precepto constitucional-, desatendió la carga que debió asumir, máxime por experiencia en otros procesos selectivos: la que le ordenaba que debía aportar la documentación” (F.D.7º) [B.A.S.].
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