Seguro de vida: Validez formal del cuestionario/declaración de salud, legible pese a errores de impresión, cumplimentado con las respuestas del asegurado y firmado por este, quien al contestar negó patologías previas y su tratamiento farmacológico, vinculadas con la causa de su fallecimiento.

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STS (Sala 1ª) de 30 de junio de 2020, rec. nº 94/2018.
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“el recurso debe ser desestimado por las siguientes razones:

“(…) Las alegaciones relativas a la ilegibilidad del cuestionario, a que no fue firmado por el asegurado y que no fue cumplimentado con sus respuestas contradicen la base fáctica de la sentencia recurrida.

“(…) De las respuestas del asegurado resulta acreditado que, tras ser expresamente preguntado al respecto, negó padecer diabetes ni hipertensión, haber padecido enfermedad cerebrovascular, haber sido intervenido quirúrgicamente y consumir algún tipo de medicación; así como que afirmó estar bien de salud. Por el contrario, según resulta de su historial médico, al tiempo de suscribir la póliza tenía antecedentes clínicos, que no podía razonablemente desconocer, por diabetes, hipertensión e isquemia cerebral (accidente isquémico transitorio o AIT en 2005), había sido intervenido quirúrgicamente en varias ocasiones, recibía tratamiento crónico contra la hipertensión y la diabetes. Además, cuando fue ingresado por última vez en abril de 2009, presentaba «clínica de debilidad en hemicuerpo derecho de meses de evolución», lo cual, dado que la póliza se firmó en marzo, permite deducir que ya existía cuando se firmó el cuestionario.

“(…) Todas estas patologías o antecedentes de salud (algunas de tipo cardiovascular que fueron objeto de tratamiento médico y farmacológico), se ocultaron a la compañía, pese a que se preguntó de forma específica al asegurado a ese respecto.

“(…) En fin, por la variedad e importancia de sus problemas de salud, y el citado seguimiento médico y farmacológico continuado a que estaba sujeto y que fue negado, existían suficientes elementos significativo que el asegurado debía representarse como objetivamente influyentes del concreto riesgo que la aseguradora quería y debía conocer y valorar antes de suscribir el seguro. Y, sin embargo, fueron conscientemente ocultados.” (F.D.3º) [A.B.B].

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