Expulsión de extranjeros residentes de larga duración por condena a pena privativa de libertad superior a un año.

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STSJ de Madrid (Sección 10) de 17 de abril de 2018, rec. nº 520/2017.
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[Extranjero residente de larga duración. Expulsión del territorio nacional, con prohibición de entrada por un período de cinco años, por haber sido condenado a un año y nueve meses de privación de libertad por delito contra la salud pública. Artículo 57.2 de la LOEX. El automatismo de esa medida queda neutralizado por el artículo 12 de la Directiva 2003/109/CE del Consejo y por las sentencias del TJUE de 8.12.2011 (asunto C-371/08) y de 7.12.2017 (asunto C-636/16), así como por la sentencia del TC de 28.11.2016, núm. 201/2016. Debe valorarse si el residente representa “una amenaza real y suficientemente grave para el orden público o la seguridad pública”, así como tener en cuenta diversos elementos: duración de la residencia, edad del implicado, consecuencias para él y para los miembros de su familia, vínculos con el país de residencia]. [A.O.G.].

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