Autora: Mª Luisa Atienza Navarro. Prof. Titular de Derecho Civil, Universitat de València. maria.l.atienza@uv.es.
Resumen: La entrada en vigor de la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, ha introducido cambios muy significativos en el ámbito del Derecho privado. La reforma, siguiendo los principios rectores de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad de 2006, pretende garantizar el pleno ejercicio de la capacidad jurídica a las personas con discapacidad. En estas líneas, sin embargo, se analiza la “otra cara” de la reforma: la atribución de obligaciones a las personas que, por razón de su discapacidad, pueden tener mermado su discernimiento; en particular, se enfrenta la controvertida cuestión de si estas personas han de responder con independencia de su imputabilidad civil. También se estudian las modificaciones que se han introducido en el ámbito de la responsabilidad civil por hecho ajeno, donde se ha producido una reducción de casos en los que otros sujetos son llamados a indemnizar los daños irrogados por las personas con discapacidad.
Palabras clave: Personas con discapacidad; imputabilidad civil; responsabilidad civil por hecho propio; responsabilidad civil por hecho ajeno; responsabilidad en equidad.
Abstract: The entry into force of Law 8/2021, of June 2, which reforms civil and procedural legislation to support people with disabilities in the exercise of their legal capacity, has introduced very significant changes in the field of private law. The reform, following the guiding principles of the Convention on the Rights of Persons with Disabilities of 2006, aims to ensure the full exercise of legal capacity for people with disabilities. In these lines, however, the “other side” of the reform is analyzed: the attribution of obligations to people who, due to their disability, may have their discernment impaired; in particular, the controversial question of whether these people should respond regardless of their civil imputability is addressed. The modifications introduced in the field of civil liability for the act of others are also studied, where there is a reduction of cases in which other parties are called upon to compensate for the damages caused by people with disabilities.
Key words: People with disabilities; civil imputability; civil liability for one’s own act; civil liability for the act of others; responsibility in equity.
Sumario:
I. CONSIDERACIONES GENERALES.-
II. EL BINOMIO LIBERTAD/RESPONSABILIDAD COMO PRINCIPIO DE LA LEY 8/2021, DE 2 DE JUNIO. III. EL RECONOCIMIENTO DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD: EL POLÉMICO ART. 299 CC.-
1. La controversia suscitada en relación con el art. 299 CC.-
2. ¿Es la imputabilidad civil un requisito de la responsabilidad civil por culpa? La culpa “subjetiva” versus la culpa “objetiva”.-
3. Diferentes interpretaciones del art. 299 CC.-
A) Consideraciones generales.-
B) El art. 299 CC como prolongación del art. 1902 CC entendido en clave de culpa “subjetiva”.-
C) El art. 299 CC como excepción a la regla general de la exigencia de imputabilidad civil conforme al art. 1902 CC.-
D) El art. 299 CC como confirmación de la culpa “objetiva” contenida en el art. 1902 CC.-
E) Valoración personal: a favor de la lectura del art. 299 CC en clave de culpa “subjetiva”.-
4. La utilidad práctica del art. 299 CC.-
IV. LA RESTRICCIÓN DE LOS SUPUESTOS DE RESPONSABILIDAD CIVIL POR HECHO AJENO.-
1. Sujetos responsables: curadores con facultades de representación plena.-
2. Fundamento de la responsabilidad.- El contenido de la culpa de los curadores con facultades de representación plena.-
3. La (im)posibilidad de aplicar el art. 1903 CC de forma analógica a otras medidas de apoyo distintas de la curatela con facultades de representación plena.-
V. NUEVAS REGLAS PARA LA RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS CAUSADOS POR LOS HECHOS PENALMENTE TIPIFICADOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.-
1. Consideraciones generales.-
2. La regla contenida en el art. 118.1. 1ª CP.-
3. La regla contenida en el art. 120.1 CP.
Referencia: Actualidad Jurídica Iberoamericana Nº 20, febrero 2024, ISSN:2386-4567, pp. 366-417.
Revista indexada en SCOPUS (Q3), REDIB, ANVUR (Clase “A”), LATINDEX, CIRC (B), MIAR, RRDe (Q1), IDR (C2).