Liquidación de la sociedad de gananciales: el caso de la adjudicación forzosa de participaciones sociales de carácter ganancial a un solo cónyuge. Comentario a la STS de España núm. 458/2020, de 28 de julio (RJ 2020, 2477).

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Autora: Romina Santillán Santa Cruz (España): Doctora en Derecho por la Universidad de Zaragoza. Miembro colaborador del Grupo de Investigación “Ius Familiae” de la Universidad de Zaragoza. Correo electrónico: rsantillan@unizar.es

Resumen: En una liquidación de sociedad de gananciales, las normas de la partición de la herencia son de aplicación supletoria. Por ello, la sentencia fija un criterio de interpretación flexible de dichas normas, cuya aplicación estará supeditada a la entidad objetiva de los bienes que sean materia de división en cada caso. En consecuencia, cuando el único bien a repartir entre los cónyuges esté constituido por unas participaciones sociales gananciales, atendiendo a las especiales circunstancias de los partícipes y del caudal partible, tales podrían ser adjudicadas a uno de ellos con la obligación de compensar al otro en metálico, incluso en caso de haberse pedido su venta en pública subasta. A este efecto, la petición en cuestión tendría que hacer inviable la posibilidad de liquidar inmediatamente la sociedad de gananciales, postergando por más tiempo el estado de indivisión. No se exige que el metálico deba existir en el haber partible.

Palabras clave: liquidación de la sociedad de gananciales; partición de la herencia; venta en pública subasta; adjudicación forzosa del bien ganancial a un solo cónyuge; participaciones sociales gananciales.

Abstract: In a liquidation of community property, the rules for the partition of the inheritance are of suppletive application. Therefore, the sentence opts for a criterion of flexible interpretation of those rules, whose application will be subject to the objective entity of the property in question. Accordingly, when the only property to be shared between the spouses is constituted by set of shares of common nature, taking into account the special circumstances of the case, such shares could be awarded to one of the spouses with the obligation to compensate the other in money, even if it requests the sale of the shares in the public auction. To this end, the request would have to impede the possibility of liquidating the community of property immediately, postponing for longer the state of indivision. There is no requirement that the money must exist in the partible asset.

Key words: liquidation of community property; partition of the inheritance; sale by public auction; forced allocation of community property to one of the spouses; shares of common nature.

Sumario:
I. Un supuesto controvertido de liquidación de régimen de gananciales: ¿los arts. 1061 y 1062 CC tienen carácter imperativo o facultativo?
II. Liquidación de la sociedad de gananciales: generalidades y finalidad.
III. Aplicación (o inaplicación) de las reglas sobre partición de la herencia en la liquidación de gananciales.

Referencia: Rev. Boliv. de Derecho Nº 31, enero 2021, ISSN: 2070-8157, pp. 634-649.

Revista indexada en LATINDEX, ESCI (ISI-Thomson Reuters), CIRC, ANVUR, REDIB, REDALYC, MIAR.

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