Los acuerdos entre cónyuges como mecanismo para atribuir la condición de ganancial a bienes privativos: los planes de pensiones. Comentario a la STS núm. 327/2019, de 6 de junio.

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Autora: Fabiola Meco Tébar, Profesora Ayudante Doctora de Derecho Civil de la Universitat de València.

Resumen: Los acuerdos alcanzados por los cónyuges en documentos públicos o privados les vinculan en el momento de liquidación del régimen económico patrimonial que le sea aplicable al matrimonio, por aplicación de la doctrina de los actos propios y de las obligaciones contractuales libremente asumidas; y ello por encima de la consideración que en abstracto puedan tener los bienes objeto del proceso de liquidación, como un plan de pensiones.

Palabras clave: plan y fondo de pensiones; liquidación de régimen económico patrimonial; libertad de contratación entre cónyuges; atribución de ganancialidad.

Abstract: Agreements reached by spouses in public or private documents bind them at the time of liquidation of the economic financial regime applicable to marriage, by application of the doctrine of one’s own acts and freely assumed contractual obligations; above the consideration that the assets subject to the liquidation process may have in the abstract, like a found plan.

Key words: pension plan and fund; liquidation of the economic wealth regime; freedom of contract between spouses; attribution of profit.

Sumario:
I. Consideraciones previas: los supuestos polémicos entre gananciales y privativos.
II. La atribución y la presunción de ganancialidad.
III. Las pensiones: ¿gananciales o privativas?: Delimitación y régimen aplicable.

Referencia: Rev. Boliv. de Derecho Nº 28, julio 2019, ISSN: 2070-8157, pp. 542-549.

Revista indexada en LATINDEX, ESCI (ISI-Thomson Reuters), CIRC, ANVUR, REDIB, REDALYC y MIAR; e incluida en Dialnet, RODERIC y Red de Bibliotecas Universitarias (REBIUN).

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