Modificación judicial de la capacidad de obrar como sistema de protección de las personas más vulnerables.

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Autora: Josefina Alventosa del Río. Profesora Titular de Derecho civil, Universidad de Valencia.

Resumen: En los últimos tiempos, en virtud de lo dispuesto en la CE, y por influencia de la Convención de Naciones Unidas sobre las personas con discapacidad, tanto la regulación de la incapacitación como la interpretación de la misma por nuestros tribunales, ha sufrido en nuestro derecho una importante evolución como sistema de protección de las personas, que ha determinado incluso un cambio en la terminología, denominándose personas con la capacidad modificada judicialmente. Nuestra legislación dispone que solo se puede limitar la capacidad de las personas en sentencia judicial por las causas señaladas en la ley, siendo fundamental la imposibilidad de gobernarse por sí mismas. En la sentencia se establecerá el alcance de la limitación de la capacidad de la persona, existiendo actualmente una tendencia a adecuar a las necesidades de la misma dicha limitación, y pudiendo modificarse en un nuevo proceso si varían las condiciones físicas o psíquicas y de autogobierno del incapaz, ya que la sentencia no tiene eficacia de cosa juzgada. Aunque ha de advertirse que se ha presentado un Anteproyecto de Ley sobre reforma de la legislación en materia de discapacidad que propone la supresión de la incapacitación y su sustitución por determinadas medidas de apoyo al discapacitado.

Sumario:
I. Constitución española y modificación judicial de la capacidad de obrar como sistema de protección de las personas vulnerables en el ordenamiento jurídico español.
II. Regulación de la incapacitación.
III. Causas que permiten modificar judicialmente la capacidad de obrar de la persona.
IV. Personas a las que se puede modificar judicialmente la capacidad de obrar.
V. Procedimiento por el que se modifica judicialmente la capacidad de obrar.
1. Competencia del juez.
2. Establecimiento de medidas cautelares.
3. Legitimación activa y pasiva en el procedimiento de incapacitación.
4. Intervención del Ministerio Fiscal.
5. Pruebas y audiencias preceptivas en los procesos de incapacitación.
6. Sentencia dictada en el procedimiento de incapacitación.
VI. Alcance de la modificación judicial de la capacidad de obrar.
1. Extensión y límites de la modificación judicial de la capacidad. Constitución de las instituciones tutelares en interés del incapacitado.
2. Internamiento de la persona.
A) Consideración general.
B) Internamiento del incapacitado determinado en la sentencia.
C) Régimen específico del internamiento no voluntario por razón de trastorno psíquico.
3. Consecuencias jurídicas de los actos realizados por un incapacitado limitados en la sentencia de incapacitación.
VI. Procedimiento para la revisión de la modificación judicial de la capacidad.
VII. Perspectivas de futuro. Referencia a la nueva regulación proyectada sobre la capacidad jurídica de las personas.

Referencia: Actualidad Jurídica Iberoamericana Nº 10, febrero 2019, ISSN: 2386-4567, pp. 224-281.

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