Recientes reformas legislativas en materia de capacidad para adoptar y ser adoptado

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Autora: Dra. Carmen Callejo Rodríguez, Profesora Contratada Doctora de Derecho Civil, Universidad Complutense de Madrid. ccallejo@ucm.es

Resumen: La Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia introduce importantes reformas en la legislación española de protección de la infancia y la adolescencia. Entre estas
reformas cabe destacar las relativas a la adopción, siendo objeto de este trabajo el estudio de una materia de especial calado como es la relativa a la capacidad para adoptar y ser adoptado.

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Sumario:
I. Visión general de las reformas en materia de adopción introducidas por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.
II. Requisitos para ser adoptante.
III. Edad.
IV. Diferencia de edad mínima entre adoptante y adoptado.
V. Diferencia de edad máxima entre adoptante y adoptado.
VI. Prohibiciones para adoptar.
VII. Idoneidad.
VIII. Adopción póstuma.
IX. Adopción conjunta. Efectos de la separación o divorcio del matrimonio o ruptura de la pareja de hecho sobre el expediente de adopción en tramitación.
X. Requisitos para ser adoptado.

Referencia: Actualidad Jurídica Iberoamericana, núm. 3 ter, diciembre 2015, pp. 207-228.

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