Absuelto un acusado de violar a una menor acogida por falta de pruebas.

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El caso comenzó en 2011, cuando el 12 de julio la chica de 15 años puso en conocimiento de un educador de su centro de acogida de Sevilla que había sido violada por otro educador, el acusado. Dijo que fue en un periodo en el que ella se había fugado; que el acusado contactó con ella y la violó en su vehículo. El suceso no fue denunciado hasta enero de 2013, y la Audiencia Provincial de Sevilla condenó al acusado a 12 años de cárcel por agresión sexual.

El asunto llegó hasta el Tribunal Supremo, y éste decidió, al ser la única prueba objetiva el testimonio de la menor, absolver al acusado y anular la condena. No se presentó ningún dato objetivo que respaldase el testimonio de la chica. Además, la tardanza de la denuncia, ya que no se denunció hasta 1 año y medio del suceso, no inspiró confianza al tribunal. [Guillermo Carrasco Gil].

Fuente: Comunicación del Poder Judicial.
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