Condenado a medio año de prisión un cartero por infidelidad en la custodia de documentos.

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En el mes de agosto de 2015 fue contratado un cartero de manera temporal. En el intervalo que fue contratado, incumplió sus obligaciones de repartir la correspondencia a los vecinos de Arrigorriaga, ya que en vez de repartirla, el 25 de agosto se dedicó a tirar las cartas a un contenedor de papel.

Por otro lado, el cartero en cuestión, presentaba, en el momento de los hecho cometidos, un episodio de estrés y ansiedad, que de alguna manera afectó a sus facultades cognitivas y volitivas, disminuyendo así su capacidad de reflexión, modificando así su pena debido a la concurrencia de la citada eximente incompleta.

Finalmente, el cartero ha sido condenado por la comisión de un delito de infidelidad en la custodia de documentos, acarreando así la pena de soportar 6 meses de prisión, 4 meses de multa con una cuota diaria de 6 euros y la responsabilidad personal subsidiaria establecida en el art. 53 del Código Penal, en caso de incumplimiento. También se le ha inhabilitado de manera especial para ejercer empleos o cargos públicos durante 2 años. [Enrique Lorenzo Andreu Zamorano].

Fuente:
Comunicación del Poder Judicial.
Acceder a la Comunicación y a la Sentencia

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