TJUE: Italia vierte residuos procedentes de 44 vertederos incumpliendo las obligaciones de la Directiva 1999/31 concerniente al vertido de residuos.

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La Directiva intenta prevenir o reducir los efectos que supone el enterramiento de residuos en el suelo para el medio ambiente y la salud humana. Dicha Directiva establece una serie de requisitos para los vertederos y aquellos que no los hubieran cumplido antes del año 2009 debían cerrarse.

Sin embargo, a Italia se le concedió un plazo hasta 2015, ya que tal como se demostró en su momento, había adoptado medidas para adaptar sus vertederos a lo que señalaba la Directiva 1999/31. Pero en el año 2017, la Comisión decidió interponer ante el TJUE un recurso por incumplimiento, al considerar que 44 vertederos no eran conformes a lo establecido en la Directiva.

Finalmente, el Tribunal de Justica de la Unión Europa ha declarado que Italia ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva. El Tribunal de Justica recuerda que la existencia de un incumplimiento debe ponderarse en función de la situación del Estado, pero que alegar situaciones de su ordenamiento jurídico interno para justificar el incumplimiento de las obligaciones y plazos resultantes del Derecho de la Unión no era una opción.

Oscar Perales Bertó, Estudiante en prácticas en el IDIBE.

Enlace Sentencia

Enlace comunicado de prensa

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