Un etarra que avisa sobre una bomba-trampa se queda sin la aplicación de la eximente.

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Noticias Legales

En Durango (municipio de Vizcaya), un etarra llamó a las autoridades del lugar para avisar sobre una bomba que era una trampa, cuya finalidad era que el zapador se centrase en un señuelo de bomba, para que, mientras se ocupaba en inutilizar el señuelo, explotara una bomba oculta para matar con la vida de las autoridades presentes.

La primera vez que llamó lo hizo para avisar sobre la bomba, pero las autoridades no encontraron nada. La segunda vez que llamó, lo hizo para recalcar que las autoridades no hicieron nada.

El etarra que llamó para avisar fue detenido, y fue condenado por sus actos a 26 años de prisión. Después de esto, presentó un recurso de casación contra la sentencia basándose en la aplicación de la eximente de desistimiento contenida en el artículo 16.2 del Código Penal, pero el recurso no tuvo éxito.

Un dato importante mencionado en la sentencia es que el etarra, no hizo nada por evitar la consumación, porque la bomba no explotó por un caso fortuito (debido a la inutilización del mecanismo de explosión debido a la lluvia). Tampoco hubo voluntad propia de evitar la ejecución, porque la bomba ya estaba lista y el etarra la dejó a punto para cumplir sus objetivos.

El etarra simplemente avisó sobre una de las características de la bomba, pero por otra parte no avisó de cómo desactivar la bomba, de cómo evitar que se produjeran daños, desactivar la bomba él personalmente o proporcionar otros datos de más peso que clarificasen como evitar con seguridad los daños que se querían provocar con la bomba, por lo que no podría aplicarse la eximente [Enrique Lorenzo Andreu Zamorano].

Fuente:
Comunicación del Poder Judicial.
Acceder a la Comunicación y a la Sentencia

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