Un juzgado coruñés anula por abusiva una cláusula de Vodafone relativa al desbloqueo del móvil.

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El Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña ha estimado la demanda sobre cesación interpuesta por el Ministerio Fiscal, Adicae y diferentes particulares contra la compañía telefónica Vodafone, y condena a la misma a devolver las cantidades cobradas, gastos y los intereses legales, en defensa de los derechos supraindividuales.

En el fallo, el juez considera nula la condición general determinada en el punto 8 de los contratos de la compañía, en el cual se estima el cobro de una cantidad al cliente por liberalizar los terminales móviles. “En definitiva, una vez finalizado el periodo de permanencia, o con anterioridad, si se ha abonado la cláusula penal o se están cumpliendo las obligaciones derivadas del contrato, el cliente debe tener la posibilidad de utilizar libremente el terminal”, indica.

Asimismo, se recoge en la sentencia que el fallo es de aplicación para todos los clientes que hayan celebrado o vayan a celebrar contratos en los cuales la demandada preste servicios de telefonía móvil, pese a no haber formado parte del proceso en cuestión, además de acordar una posible multa coercitiva para la compañía telefónica de cinco mil euros por cada día que transcurra, a partir de los dos meses siguientes a la fecha de la firmeza de la sentencia, en caso de que la empresa no haya cesado en el uso de las condiciones generales declaradas nulas. [Ignacio Guinot Segarra].

Fuente:
Comunicación Poder Judicial.
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