SAP de Vizcaya (Sección 4ª) de 14 de julio de 2022, rec. nº 1289/2021.
“(…) D. Luis vive con una pareja estable desde hace años, sin problema o incidencia alguna destacable que salga fuera de una normalidad. Toma desde hace un mes la medicación prescrita, sin que resulte de la celebración de la vista que deba adoptar de forma específica alguna medida de apoyo judicial referente a cuestiones sanitarias que pudiera necesitar. Tampoco ha resultado acreditado que precise de adopción de medidas económicas referentes a la gestión y administración de su patrimonio, tanto respecto a los ingresos que obtiene de su pensión como por el alquiler de sus inmuebles, sin que se haya demostrado que al día e hoy esté en situación de impago del préstamo hipotecario que grava su vivienda y que es avalista su madre, o que tenga un endeudamiento injustificado, máxime cuando su pareja conviviente ha declarado que deciden ambos las cuestiones económicas que los afecta” (F.D. 4º) [J.R.V.B.].