Negativa a reservar una denominación social.

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Resolución de la DGSJFP de 19 de noviembre de 2020 (BOE núm. 319, de 7 de diciembre de 2020, pp. 111846-111849)
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“1. Solicitada del Registro Mercantil Central por el ahora recurrente certificación negativa respecto de la denominación social «Hit Healthy Indoors Technologies, Sociedad Limitada», recibió certificación positiva por considerar el registrador que, conforme al artículo 398.2 del Reglamento del Registro Mercantil, las siglas o denominaciones abreviadas («HIT», en el presente caso) no podrán formar parte de dicha denominación social.

(…) Como tiene ya declarado esta Dirección General, la atribución de personalidad jurídica a las sociedades mercantiles, al igual que ocurre con otras entidades a las que también se les reconoce aquélla, impone la necesidad de asignarles un nombre que las identifique en el tráfico jurídico como sujetos de derecho –vid. artículo 23.a) de la Ley de Sociedades de Capital–, que se erigen en centro de imputación de derechos y obligaciones (…). Por esta razón, en el Derecho societario las leyes consagran ese principio de exclusividad por la vía negativa, al prohibir que cualquier sociedad ostente una denominación idéntica a la de otra sociedad preexistente, ya resulte la coincidencia por la constancia previa del nombre social de ésta en la Sección de denominaciones del Registro Mercantil Central, ya por constarle al notario o al registrador mercantil por notoriedad (…).

(…) Pero la interpretación de esta prohibición debe tener en cuenta que el fin último de las disposiciones reglamentarias sobre denominación social es identificar con un cierto margen de seguridad al sujeto responsable de determinadas relaciones jurídicas; y a esta finalidad responde una de las funciones básicas del Registro Mercantil Central. Por ello, dicha prohibición debe ser objeto de interpretación restrictiva cuando el término o la partícula cuestionados no sólo pueden ser resultantes de la suma de siglas del resto de la denominación sino que tienen –en sí mismos o en combinación con los restantes componentes de esa denominación– una significación propia; y eso es lo que ocurre en el presente caso con el término «Hit» (…) unido al resto de las palabras escritas en inglés que conforman la denominación (con significado de «tecnologías saludables para interiores»).

En consecuencia, esta Dirección General ha acordado estimar el recurso.” [M.V.S.]

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