Jurisprudencia: El TS determina la incompatibilidad de la eximente de miedo insuperable en una situación de trastorno mental transitorio basada en la misma alteración psíquica

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STS (Sala 2ª) de 17 de julio de 2017, rec. nº 1491/2016.
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“(…) ‘una situación de miedo insuperable que provoque un estado psíquico de inimputabilidad que anule la voluntad es poco probable que quien sufra esa alteración no sea alcanzado por la eximente de trastorno mental transitorio y que ello impidiera su simultanea estimación, de acuerdo con el principio jurisprudencial que dispone que de un mismo hecho psíquico no pueden derivarse varias eximentes o atenuantes del mismo carácter, de tal modo ligadas entre sí, que la existencia de una suponga la de la otra, y la eximente de miedo insuperable lleva implícita una anulación del nivel de consciencia que es la verdadera razón de su existencia, anulación psíquica que también constituye el fundamento del trastorno mental transitorio’.
 
Pues bien, en el supuesto que ahora se dirime si bien es verdad que el acusado al haber recibido una violenta mordedura por parte de Gumersindo (hijo de la víctima), que le provocó un intenso dolor y la amputación de la nariz, entró en un estado de shock que le generó una pasajera e intensa disminución de sus facultades volitivas e intelectivas, no puede ignorarse que ese estado de shock ha de comprender y absorber también la situación de temor que sufrió el acusado al ver venir a lo lejos una persona. De modo que si bien es cierto que el miedo que ello le genera puede contribuir a que persista el estado de shock y que mantenga su intensidad, lo cierto es que psíquicamente no concurren factores para deslindar en el aspecto psíquico los efectos de ambas situaciones. Es más, el estado de trastorno mental que le generó el primer envite con los dos primeros oponentes hace difícil concebir una merma psicológica a mayores que incremente su merma de facultades de forma cualificada o notable (…)” (F.D. 2º) [A.C.T.]
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