Efectos jurídicos de los contratos de maternidad subrogada internacional en España.

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Autora: Dra. Sara Zubero Quintanilla. Acreditada como Profesor ayudante doctor (ANECA). Universidad de Zaragoza.

Resumen: La gestación por sustitución tiene diferente tratamiento legal en los distintos países, mientras que unos la reconocen, de forma más o menos flexible, otros la prohíben de forma expresa, como es el caso de España. Sin embargo, pese a que en el Derecho español este tipo de contratos sean declarados nulos de pleno derecho, ello no impide que los futuros padres comitentes puedan desplazarse a aquellos lugares en que sí se permite esta técnica de reproducción para formalizarlos. Realidad la anterior que conlleva un problema jurídico con respecto al reconocimiento de la filiación de los menores en nuestro país. En este sentido, existen opiniones enfrentadas entre la Dirección General de Registros y Notariado y el Tribunal Supremo. Discrepancias que invitan a cuestionar la posibilidad de reformar la norma prohibitiva a fin de evitar interpretaciones y actuaciones contradictorias, fundadas en principios básicos de nuestro ordenamiento.

Sumario:
Prohibición de los contratos de maternidad subrogada en el ordenamiento jurídico español.
Las resoluciones confrontadas de la Dirección General de Registros y Notariado y el Tribunal Supremo.
III. Perspectivas de futuro. hacia una posible regulación de la gestación por sustitución.
Conclusiones.

Referencia: Actualidad Jurídica Iberoamericana, e-ISNN  2386-4567, 2018, julio, núm. 8 bis, pp. 226-252.

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