Noticia CGPJ: Despedido un conductor de autobús escolar tras mensajearse con menores por WhatsApp.

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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia considera procedente el despido de un conductor de autobús escolar tras conocerse que mantenía conversaciones por WhatsApp “innecesarias e impropias” con alguna de las menores a las que transportaba. Conducta que la Sala considera que “denota transgresión de la buena fe contractual”.

Los magistrados resaltan en la sentencia que los trabajadores “no tienen los teléfonos de los usuarios o de sus padres”. La Sala recalca que las actuaciones del trabajador son reprochables, además de que “constituyen un incumplimiento grave y culpable de los deberes laborales y una inaceptable transgresión de la buena fe del actor”.

En un primer momento, el caso fue juzgado y obtuvo como fallo la readmisión del conductor o que se le abonase una cantidad de 32.000 euros a modo indemnizatorio. Pero la sentencia del alto tribunal gallego revoca dicha resolución y tan solo coincide con la magistrada de primera instancia al destacar que la compañía o la jefa de personal no ha lesionado el derecho al honor del conductor.

Alejandra Lafuente Martínez. Graduada en Derecho.

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