Noticias del TC: El TC exige la instrucción penal por violencia de género se realice una investigación suficiente y eficaz

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El TC ha declarado que en las instrucciones penales que tengan por objeto denuncias por violencia de género, los jueces deben de llevar a cabo el canon reforzado constitucionalmente de realizar una investigación suficiente y eficaz. En la Sentencia se estima el recurso de amparo de una mujer a la que se ha vulnerado su Derecho a la tutela judicial efectiva, por un presunto delito de maltrato habitual, iniciado a raíz de una denuncia y que fue sobreseído provisionalmente y archivado nada más haber prestado declaración el denunciado, sin que el juzgado hubiera practicado ninguna otra diligencia, pese a haber sido solicitada. Entiende el TC que este canon de “suficiencia y eficacia” se entiende colmado, cuando subsistiendo una sospecha fundada de delito se practiquen otras diligencias de investigación que, completando esos testimonios enfrentados de las partes unidad por una relación de afectividad, presente o pasada, permitan ahondar en los hechos descartando o confirmando aquella sospecha inicial. Por tanto, el deber de diligencia requerirá abundar en la investigación allí donde no se hayan agotado las posibilidades razonables de indagación sobre los hechos de apariencia delictiva, vulnerándose el derecho a la tutela judicial efectiva si el órgano judicial clausura precipitada o inmotivadamente la investigación penal.

Ahora bien, no es una obligación de admitir o practicar cualesquier diligencia, sino únicamente aquellas que se evidencien como pertinentes y relevantes a los fines pretendidos, debiendo, no obstante, investigar mientras subsista sospecha fundada de la comisión de los hechos de los que se ha tenido noticia y de su relevancia penal, resulte necesario para su indagación.

Indagación, que debe colmar dos necesidades: 1) Emplear cuantas herramientas de investigación se presenten como racionalmente necesarias, suficientes y adecuadas ante toda sospecha fundada de delito y, 2) Evitar demoras injustificadas que puedan perjudicar el resultado de la investigación.

Carlos Casado Doménech. Graduado en Derecho. Becario colaboración UV.

Acceder a la STC 85/2020 (Recurso de amparo núm. 6127/2018)

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