La facultad dominical de exclusión y el cierre de fincas (de la sencilla exégesis del artículo 388 del Código Civil español a su compleja y heterogénea aplicación práctica)

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Autora: Pilar Gutiérrez Santiago. Catedrática de Derecho Civil, Universidad de León (España). Correo electrónico: mpguts@unileon.es

Resumen: Dentro del haz de facultades integrantes del dominio y como concreta manifestación de la facultad de exclusión en su vertiente preventiva, el art. 388 del CC español reconoce al propietario el derecho a cerrar o cercar sus heredades. Tras examinar las concomitancias y diferencias del cierre con las figuras distintas del deslinde y el amojonamiento, el presente estudio aborda, desde una perspectiva teórico-práctica, los múltiples problemas interpretativos que, pese a su sencilla redacción, plantea el citado precepto: el objeto del cierre (fincas tanto rústicas como urbanas), la legitimación activa para su práctica, los variopintos medios o formas de cerrar una finca (contemplados por el art. 388 como numerus apertus y entre los que, junto a obras y elementos materiales de cerramiento, la jurisprudencia admite los llamados cierres «simbólicos») o la exigencia de respeto a las servidumbres. A ello se suma el análisis de la correlación del cierre con el ejercicio de diversas acciones reales (reivindicatoria, declarativa, confesoria, negatoria, posesoria,…), los eventuales conflictos por invasión del dominio público, así como las exigencias urbanísticas y las limitaciones al cierre establecidas, por razones de orden público, en la normativa administrativa reguladora de la ordenación del suelo y la protección paisajística y medioambiental.

Palabras clave: facultad dominical de exclusión y cierre de fincas; deslinde y amojonamiento; vallado y obras de cerramiento; terrenos cercados y cotos de caza; autorizaciones administrativas y licencias de cierre; servidumbres, distancias mínimas y limitaciones urbanísticas al cierre; eventual deber de cerrar las fincas

Sumario:
I. PLANTEAMIENTO DEL TEMA.
II. LA FACULTAD DE CERRAR LAS FINCAS: APROXIMACIÓN CONCEPTUAL.
1. Acepción legal y naturaleza del cierre de fincas.
2. Distinción de figuras afines.
A) Cierre de fincas y deslinde.
B) Cierre de fincas y amojonamiento.
III. LEGITIMACIÓN ACTIVA PARA EL CIERRE DE FINCAS.
1. Propietarios vs. titulares de otros derechos reales y poseedores en general.
2. Cierre de fincas en copropiedad y en régimen de propiedad horizontal.
IV. LA FINCA COMO OBJETO DEL CIERRE.
1. Fincas rústicas y fincas urbanas.
2. Fincas privadas y bienes de dominio público.
V. MEDIOS DE CIERRE: NUMERUS APERTUS Y DIVERSIDAD DE FORMAS DE CERRAR UNA FINCA.
1. Obras y elementos materiales de cerramiento.
A) Elenco jurisprudencial.
B) Restricciones a las características físicas del cierre: remisión a otro lugar.
2. Cierres «simbólicos».
VI. EJERCICIO DE LA FACULTAD DE CIERRE.
1. Práctica del cierre, acción de cierre y su frecuente subsunción en una acción negatoria.
2. Cierre de fincas vs. acciones reivindicatoria, declarativa de dominio, de deslinde, confesoria y posesorias.
VII. LÍMITES AL DERECHO DE CIERRE.
1. Servidumbres y limitaciones legales del dominio.
A) Respeto a las servidumbres preexistentes al cierre y posibilidad de ulterior constitución de servidumbres forzosas.
B) Límites al cierre de fincas por razón de las llamadas servidumbres legales.
2. Cierre de fincas e intereses de orden público: exigencias urbanísticas, de ordenación legal del suelo y de protección de la biodiversidad
A) Distancias mínimas y protección paisajística y medioambiental.
B) Autorizaciones administrativas y licencia de obras de cerramiento.
VIII. EL CIERRE DE FINCAS COMO EVENTUAL DEBER DEL PROPIETARIO.

Revista indexada en SCOPUS (Q3), REDIB, ANVUR (Clase “A”), LATINDEX, CIRC (B), MIAR.

Referencia: Actualidad Jurídica Iberoamericana Nº 16 bis, junio 2022, ISSN: 2386-4567, pp. 2698-2733

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