Incongruencia de la sentencia que constituye la curatela inicialmente pedida por el Ministerio Fiscial, que posteriormente retira su petición.

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SAP La Coruña (Sección 5ª), de 21 de marzo de 2022, rec. nº 651/2021.
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[La sentencia estima el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal contra la sentencia, que, acogiendo la demanda inicial de aquel, había constituido una curatela.

En el recurso el Fiscal argumenta que la sentencia recurrida había incurrido en incongruencia esencial, pues, si bien, inicialmente, había pedido la constitución de una curatela, posteriormente, como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley 8/2021, en la vista, había retirado la petición, por lo que la medida judicial de apoyo se había constituido de oficio.

La Audiencia estima adecuado este argumento, afirmando que, “dada la fase procedimental en que nos encontramos y que el Ministerio Fiscal, única parte legalmente legitimada demandante, desistió finalmente de su demanda, la conclusión no puede ser otra que la de revocar la sentencia de primera instancia y en su lugar acordar no haber lugar actualmente a la adopción de medidas judiciales de apoyo a la persona del demandado pedidas en la demanda inicial por haber desistido de la misma la Fiscalía”] [JRVB].

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