Incentivos fiscales a la responsabilidad de la empresa con el bien común

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PostIFAL Autor: Vicente Gomar Giner, Adjunto 2º a la Secretaría General del IDIBE.
vicentegomar@hotmail.com

Resumen: Una de las principales causas de los continuos problemas manifestados por el sistema económico en el que nos encontramos se debe a la idea de base de que la persona más valorada es aquella que más ingresa. Sin embargo, en este estudio queremos proponer un cambio en la misma, pasando a considerar que la persona más valorada es aquella que mejor reinvierte en la sociedad, buscando el bien común. Para ello, vamos a plantear una serie de medidas prácticas y realistas centrándonos, sobretodo, en cuestiones tributarias, así como otras medidas relacionadas con la Seguridad Social, subvenciones, aduanas y la concesión de premios.

1. La profunda crisis financiera y económica en la que España, y gran parte del mundo, se encuentra inmersa es fruto de un cúmulo de decisiones fallidas y cortoplacistas que, en mayor o menor medida, han adoptado todos los sectores de la población. Se trata de una opinión o un análisis más o menos asentado y admitido por la mayoría de expertos y por la sociedad en general. Ahora bien, estas decisiones deben tener un origen, una causa, que ha hecho que sean finalmente adoptadas.

Pensando diferentes opciones, se podría llegar a la conclusión de que se trata de la manifestación práctica de los valores que gobiernan la mayor parte de la sociedad actual de consumo y que, por tanto, se transforman en las preocupaciones implícitas de la misma. La mayoría de gente seguramente no es consciente de ello, pero al final las decisiones se adoptan persiguiendo ese fin. Este fin o preocupación es el que las personas suelen ser más valoradas cuanto más dinero tienen o manifiestan y no por cómo utilizan ese dinero de más. Tampoco por cómo lo han obtenido. Por ejemplo, a una persona, o a un empresario, o a un banquero, que conduce un coche de una marca como “Ferrari” o “Porsche” se le suele valorar más, por lo menos a primera vista, que a otro que conduzca un “Seat” o un “Honda”, por el hecho de que se le presupone un mayor nivel de ingreso y, por tanto, está en un estrato superior.

Sin embargo, una reflexión que me parece interesante en estos casos es, ¿y, precisamente, por qué no se les valora menos?, puesto que, al fin y al cabo, ese sobrecoste del coche, con respecto a muchos otros que satisfacen la misma necesidad de transporte, podría haberlo dedicado a ayudar a la Asociación Asindown o a la Casa de la Caridad de Valencia, por citar algunos ejemplos. Este pensamiento es al que nos conduciría la naturaleza humana, que persigue la solidaridad, la cooperación, el respeto… pero no al que nos conduce el sistema económico actual, que ha acabado por desvirtuar las verdaderas necesidades del ser humano.

Y aquí es donde surge el interés que despierta este modelo económico cuyo objetivo es el bien común. Aquí no se valoraría sólo el nivel de ingresos, sino la repercusión de los mismos en la sociedad, por lo que estaría mejor valorada una empresa que gana menos, pero beneficia más. Está claro que no se trata de un proceso fácil, pero tampoco parece que la soluciones que ofrece el sistema económico actual sean mucho más fáciles y, además, el resultado que se obtendría ya lo conocemos.

2. Como resulta de la obra de libro de Felber, C.: La Economía del Bien Común, 10ª ed. Deusto (2012): Deusto S.A. Ediciones, ésta lo que pretende es fijar y desarrollar una economía sostenible real y alternativa a los mercados financieros en la que necesariamente tienen que participar las empresas. Para lograrlo se pretende reconducir el objetivo actual de lograr el mayor nivel de ingresos, a lograr el mayor bienestar de la sociedad. Pretende ser un modelo alternativo al capitalismo y al comunismo, situándose en un punto intermedio, ya que, de hecho, surge para romper con la sentencia “quien está contra el capitalismo, está con el comunismo”.

Entre los puntos centrales del mismo podemos destacar varios principios. En el primer punto se establecen los valores que han de regir el sistema, que son la confianza, cooperación, aprecio, democracia y solidaridad. Por tanto, todos los incentivos que se adopten deben tener como objetivo la consecución de los mismos. Otro punto que me parece interesante es el quinto, en el que se establece que el balance financiero pasa de ser un fin a un medio y el impuesto sobre el beneficio sería eliminado. Además, en el punto sexto, se establece que las empresas permanecerán en su tamaño óptimo, por lo que no estarán obligadas a crecer. Otra medida curiosa es la establecida en el punto 16, en el que se defiende que cada diez años de profesión, los trabajadores gocen de un año sabático, así se reduciría el desempleo un 10% en la Unión Europea.

Ya encontramos referencias al mismo desde hace siglos, aunque sin una concreción como la actual. Jean-Jacques Rousseau, en su libro “Del contrato social o Principios del estado de derecho”, en el libro II, capítulo 3, ya afirmó que la voluntad general, encaminada hacia el bien común, es la base de todo poder legítimo. Incluso una Constitución, la de Baviera, de 1946, estableció en su artículo 151: “Toda actividad económica sirve al bien común”. Sin embargo, la definición del mismo no llegó hasta el año 2008, en el que C. Felber, en su libro Neue Werte für die Wirtschaft – Eine Alternative zu Kommunismus und Kapitalismus. Viena (2008): Deuticke, estableció una serie de propuestas específicas y sentó las bases del nuevo sistema.

Aunque para algunos pueda parecer una idea onírica y poco práctica, lo cierto es que no son pocos los economistas que han defendido el modelo, incluyendo algunos de gran repercusión como los premios Nobel Joseph E. Stiglitz o Amartya Sen, e incluso influyentes líderes occidentales como Nicolas Sarkozy, cuando en 2008 creó la Comisión Internacional para la Medición del Desempeño Económico y el Progreso Social, o Gordon Brown.

Además, existe el caso de un país, el Reino de Bhután, que tiene implantado un sistema similar. En este aislado reino del Himalaya, situado entre los dos países más poblados del mundo, China y la India, se ha sustituido el Producto Interior Bruto por la Felicidad Interior Bruta como manera de determinar el progreso de la nación. La idea es que el modo de medir el progreso no debe basarse estrictamente en el flujo de dinero, ya que el progreso tiene lugar cuando los avances en lo material y en lo espiritual se complementan y se refuerzan uno a otro.

Ahora bien, debido a las particularidades de Bhután, que se trata de una economía muy pequeña, fundamentalmente agrícola, hace que el caso sea prácticamente inexportable hacia las grandes potencias occidentales, con complejos sistemas económicos, un alto grado de culturización y multitud de intereses contrapuestos. Sin embargo, a pesar de estas realidades, la economía de Bhután fue la segunda que más rápido creció en todo el mundo en el año 2007, justo el momento de máximo esplendor de los fornidos países occidentales. Y no sólo eso, sino que además, en esta época, se ha dicho que estos países han vivido por encima de sus posibilidades. Esto hace que, por lo menos, se le deba dar un cierto margen de credibilidad al sistema de la Economía del Bien Común.

En este trabajo, movidos por la convicción de que, aunque no pudiese salir adelante el modelo de la Economía del Bien Común, hay que analizarlo y descubrir sus posibilidades potenciales. Para ello, propondremos una serie de medidas o incentivos que se podrían adoptar para fomentarla, teniendo en cuenta las circunstancias económicas y culturales de las que partimos, que no son las mismas que las del Reino de Bhután.

3. Como afirma el punto quinto del Informe en el que se recogen los 20 puntos principales de la Economía del Bien Común, el balance financiero pasa de ser un fin a un medio. Esto nos lleva a plantearnos que, por un lado, el objetivo de las empresas tiene que seguir siendo el de aumentar sus beneficios, algo tremendamente práctico, puesto que sino no tendría ningún sentido arriesgarse a montar una empresa. Pero, y aquí es donde se encuentra el factor diferencial de este sistema, esos beneficios deberán reinvertirse en beneficio del bien común y la cooperación. Por tanto, vamos a plantear algunas propuestas que permitan a las empresas aumentar su nivel de ingresos, pero vinculándolos necesariamente a la reinversión de esos beneficios en atención al bien común, ya que sino podría convertirse en pista libre para los defraudadores fiscales. Para poder gozar de las ventajas que se van a plantear deberán justificarse mediante documentos oficiales al bien común y serán objeto de duras sanciones los intentos de estafa por este medio.

Además, buscando que las propuestas sean prácticas y puedan llevarse a cabo, teniendo en cuenta la situación de crisis en la que nos encontramos, no pueden suponer un gasto económico excesivo, ni para las Administraciones, ni para las empresas, ni para las personas. Como decía el filósofo español José Ortega y Gasset, “Yo soy yo y mis circunstancias”, por lo que no basta que la idea sea buena, sino saber llevarla a cabo en las circunstancias en las que uno se encuentra. Por ello, en las medidas que a continuación se plantearán, intentaremos ser especialmente sensibles con este hecho.

3.1. Uno de los gastos principales en los que las empresas o empresarios suelen tener especial interés en reducir son los impuestos. Pero éstos, a su vez, suponen el principal ingreso del Estado, ya que, según datos de Agencia Tributaria, los impuestos representaron el 97´82% de los ingresos totales del Estado en el año 2011. Es más, desmenuzando más el análisis, el 84´93% de los ingresos corresponden a sólo tres impuestos, el IRPF (37´73%), el IVA (28´52%) y el IS (18´68%). De estos tres impuestos principales, probablemente el que podría resultar más de difícil de modificar sería el IVA por la influencia que podría ejercer la Unión Europea. Por tanto, en un primer momento, nos centraremos en los otros dos.

3.1.1. En primer lugar, respecto al IRPF, cabe destacar el hecho de que el 50% de la recaudación corresponde a las Comunidades Autónomas, en adelante CCAA, por lo que el efecto de la reducción de ingresos sería compartido entre el Estado y las CCAA y, en principio, esa reducción podría ser superior que en otros casos. Además, las CCAA tienen competencia para establecer deducciones, lo que unido a su mayor proximidad y concienciación de las necesidades concretas de su región, pueden facilitar su adopción.

Una medida concreta sería la creación de una deducción en el IRPF a aquellas personas que lleven a cabo actividades sociales, como ayudar en los comedores sociales u ofrecer cobijo a personas sin recursos. Se establecería una lista en la que se fijarían las actividades que están sujetas a la deducción, dejando abierta la posibilidad a alguna actividad que no se encuentre en la misma, pero en cuyo caso debería justificarse el beneficio que aporta a la sociedad y deberá ser admitida por un organismo oficial. De esta manera, por un lado, se aceleraría el proceso en las actividades definidas en la lista y, por otro, no se fijaría una limitación respecto a otras, sino que se permitirían actividades nuevas que no hubiesen sido contempladas o que surgiesen como consecuencia de nuevas necesidades que aparezcan. Así mismo, se definiría una deducción máxima y una mínima en función del coste económico, o coste de oportunidad, que le ocasione al voluntario. En principio, no se diferenciaría la cuantía de la deducción en función de las actividades, para evitar la aglomeración en unas y la escasez en otras. Eso sí, debería existir una entidad que se encargue de organizar las actividades, para dotar de un cierto orden y seguridad al proceso, aunque luego puedan llevarse a cabo otras fuera de esta entidad, siempre que se encuentren debidamente justificadas y admitidas por un órgano oficial.

Otro incentivo que podría establecerse en el IRPF es la deducción para los desplazamientos del trabajo al domicilio, y viceversa, en transporte público, puesto que esto reduciría los niveles de contaminación ambiental y acústica. Se establecería fundamentalmente para dentro de los grandes núcleos urbanos, en los que la utilización del transporte propio es menos indispensable que cuando el transporte se lleva a cabo entre pueblos, dado que suele haber menor servicio, y la contaminación se encuentra más concentrada. Así mismo, también podría establecerse una deducción por aportaciones a asociaciones de desarrollo de la Economía del Bien Común, que se dediquen a fomentar confianza, cooperación, aprecio, democracia y solidaridad entre las personas.

Así mismo, haciendo especial hincapié en un problema que se encuentra en plena actualidad, podría establecerse una especial deducción en el IRPF a los emprendedores que se comprometan a desarrollar este tipo de actividades. Este compromiso debería constar por escrito, firmado y detallando la actividad que se pretende desarrollar, aunque podría llevar a cabo actividades diferentes, siempre y cuando beneficien a la sociedad, lo que vendrá determinado por un órgano oficial. En caso contrario, su incumplimiento generaría responsabilidades civiles o fiscales, lo que provocaría sanciones económicas y la fijación de un precedente en su historial. Esto podría ayudar a incorporar nuevas ideas, más jóvenes y dinámicas, en un sector que se encontraría en plena ebullición, pero controlando la entrada de aquellas personas que solo buscasen beneficiarse ellos mismos, y no beneficiar a la sociedad.

Además, la reducción de ingresos que conllevaría las deducciones fiscales podría verse, en parte o totalmente, compensado por el menor gasto social que conllevaría a la Administración. Con ello, se perseguiría la reinversión de los beneficios de las personas en favor de la comunidad y, además, de una manera sostenible, algo que es digno de destacar.

3.1.2. En segundo lugar encontramos el Impuesto de Sociedades (IS), cuyo supuesto de partida es diferente. En éste, a diferencia del IRPF, el 100% de la recaudación corresponde al Estado, lo que conlleva que todo el efecto de la reducción de ingresos recaiga sobre el mismo, por lo que no puede ser muy pronunciada.

Una propuesta concreta que podría ser interesante sería el incorporar la libertad de amortización para la adquisición de inmovilizado material, siempre que vaya a ser utilizado para desarrollar una actividad que persiga el bien común, fomentando alguna actividad solidaria o de cooperación, o que tenga como objetivo promover el conocimiento de este sistema alternativo entre la sociedad, de manera que vaya siendo conocido por parte de la población. De esta manera, la factura de las empresas disminuirá considerablemente, lo que les permitirá llevar a cabo un mayor número de adquisiciones.

Además, podría llevarse a cabo una deducción en el IS a aquellas empresas que ofrezcan buenas condiciones de trabajo o que celebren contratos con proveedores o clientes que fomenten esas prácticas. Para evaluarlo, se llevarán a cabo encuestas mensuales online que serán totalmente anónimas y que evaluarán diferentes áreas, como el respeto en el trato de los superiores a los trabajadores, respeto entre trabajadores, facilidades que se ofrecen para la conciliación familiar o el grado de motivación que se fomenta en la empresa, entre otras, dado que son aspectos que influyen en el nivel de bienestar de los trabajadores. A cada área se le asignará una puntuación y, en función del número de puntos obtenidos, se podrá optar a una deducción mayor o menor. Así mismo, en caso de resultar la puntuación excesivamente baja, podría incluso sancionarse a la empresa. Estas encuestas no sólo permitirán determinar el grado de deducción o sanción de las empresas, sino que permitirá a la propia empresa ser consciente de los aspectos en los que falla y, de esta manera, poder solucionarlos. Las encuestas serán online, para evitar un coste excesivo de papel y transporte, y anónimas, para evitar posible presiones de los superiores.

Además, aplicando el doble juego de deducción-sanción se permite que, en caso de que hayan empresas que no cumplan y deban de soportar sanciones, aumenten los ingresos del Estado y de las CCAA, de manera que la reducción de ingresos se vea, en cierta medida o totalmente, compensada.

Ahora bien, imaginamos que en el medio-largo plazo, la gran mayoría de empresas podrán acogerse a esta deducción, lo que supondrá, por un lado, una reducción de ingresos del Estado y de las CCAA, pero, por otro lado, al mejorar las condiciones de trabajo, y fomentar de esta manera la productividad, un mejora de la sociedad en general. Aquí podríamos observar que, en principio, podría cumplirse el objetivo principal de la Economía del Bien Común de reinversión de beneficios en la mejora de la sociedad.

3.1.3. El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) se presta a reflexiones semejantes que las realizadas respecto al IRPF, puesto que el 50% de la recaudación corresponde también a las CCAA. Ahora bien, el procedimiento sería diferente. Además, debido a la especial influencia que ejerce la Unión Europea en este impuesto, podría ser interpretado, tanto por las empresas como por la sociedad, como un mensaje de apoyo de la misma hacia este tipo de propuestas. Esto seguramente impulsaría la adopción de estas actividades por parte de las empresas y de los ciudadanos, al aportar una mayor seguridad y autoconfianza.

En este caso, se podría optar por un doble incentivo. Por una parte, intentar lograr la exención en el pago del impuesto cuando se trate de actividades sociales, o adquisición de bienes que vayan a ser destinados a un fin social, llevadas a cabo por empresas, públicas o privadas, que cumplan dos requisitos: en primer lugar, que esa actividad o adquisición de bienes carezca de finalidad lucrativa y dedicar, en su caso, los beneficios eventualmente obtenidos al desarrollo de actividades exentas de idéntica naturaleza. En segundo lugar, los cargos de presidente, patrono o representante legal deberán ser gratuitos y carecer de interés en los resultados económicos de la explotación por sí mismos o a través de persona interpuesta.

Por otra parte, si solo se cumpliese el primero de los requisitos por ser, por ejemplo, una empresa privada que no se dedicaba a labores sociales, pero que quiere empezar a introducirse en la misma, podría, en todo caso, resultar beneficiada por otro motivo. Este caso, se establecería la consideración de la actividad o del bien adquirido como servicio o producto de primera necesidad, en cuyo caso estaría sujeto al tipo impositivo reducido. Con este método se podría promover la concienciación de las empresas por este tipo de actividades y facilitar el intento inicial de las mismas de llevar a cabo este tipo de iniciativas.

Este efecto podría generar fuertes consecuencias en su consumo. En los últimos años, hemos podido observar como una de las políticas de marketing más efectivas de algunas grandes empresas internacionales ha sido precisamente descontar parte del IVA del producto final, como la llevada a cabo por la cadena alemana de distribución y venta de electrodomésticos y ordenadores “Media Markt”.

3.1.4. Alejándonos de los impuestos más influyentes, también se podrían adoptar una serie de medidas en otros impuestos, que ayudarían a la implantación del sistema alternativo de una manera paulatina y haciendo que los ciudadanos, empresarios y Administraciones descubran que realmente puede llevarse a cabo. Uno de los impuestos en los que puede intervenirse, porque afecta a las bases del nuevo sistema, es el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en adelante ISD.

El ISD presenta una serie de características diferentes a los tres anteriores. La más clara es que el 100% de la recaudación corresponde a las CCAA, por lo que toda la repercusión del mismo recaería sobre las mismas, por tanto también tienen competencia para establecer deducciones sobre el impuesto. Además, mientras que en los anteriores no hay diferencias entre CCAA, en éste sí. Dependiendo de la CCAA en la que uno se encuentre está sujeto a un tipo impositivo u otro, existiendo diferencias entre las mismas. En este informe vamos a proponer una medida general que puede ser aplicada en todas, aunque pueden existir diferencias entre CCAA.

La medida concreta sería aumentar el ISD. Actualmente, ya se tiene en cuenta a la hora de determinar la cuantía final que se debe abonar en concepto del impuesto la edad, el grado de parentesco entre transmitente y adquirente y las posibles minusvalías del adquirente. Sin embargo, cuando se trate de segunda vivienda o de esculturas artísticas, por ejemplo, que no sean indispensables para la vida del adquirente, podría elevarse el tipo impositivo. Por tanto, podríamos incorporar el criterio de la necesidad a la hora de determinar el tipo impositivo a aplicar en cada caso en concreto. Se trata de una propuesta arriesgada, dada la dificultad para determinarla, pero se podría investigar al respecto.

Así mismo, podría añadirse otro criterio. Sería interesante poder fijar como uno de los criterios para determinar el porcentaje final a aplicar del tipo impositivo la cantidad de bienes de los que consta el patrimonio de un sujeto pasivo, existiendo la posibilidad de que los propietarios de grandes latifundios no sean tratados de la misma manera que el que no es propietario de ninguna tierra a la hora de una sucesión o donación. El supuesto de hecho sería diferente, puesto que analizándolo en términos porcentuales, el porcentaje que supondría ese aumento en el patrimonio de una persona con muchas propiedades, es inferior al que supondría ese mismo aumento en el patrimonio de una persona con menos bienes. Estos porcentajes podríamos extrapolarlos a términos de bienestar. Al no ser tratados igual, se perseguiría el fin de la redistribución justa de la riqueza, puesto que se gravaría de una manera más intensa bienes que no son indispensables para la vida de sus nuevos propietarios, y ese dinero obtenido podría destinarse, por ejemplo, a aumentar las ayudas sociales o las becas educativas a los más necesitados. Ahora bien, esta reinversión de los mayores ingresos obtenidos debería ser condición indispensable, porque sino estaríamos volviendo al sistema de lograr el máximo nivel de ingresos posible.

3.1.5. El Impuesto sobre el Patrimonio se trata de un impuesto cuya recaudación está 100% cedida a las CCAA, por lo que la repercusión de las mismas recaería en su totalidad en las mismas. Además, dispone de capacidad normativa parcial. Es cierto que en algunas CCAA ya existen, pero se podrían llevar a cabo una serie de avances que lo hagan más equitativo. Sin embargo, en aquellas en las que no existe, podría ser interesante su creación.

En aquellas CCAA donde no existe, sería sugestivo poder incorporarlo para que grave a aquellas personas con un mayor patrimonio, fijando la cuantía mínima en que debe estar valorado el patrimonio para que resulte gravado. Por otra parte, aquellas donde ya existe, podría ser elevado hasta una determinada cuantía. Para determinar la cuantía exacta en ambos casos, debería determinarse el nivel de renta medio de la población de la CCAA y el nivel de pobreza de la misma, puesto que a ella le corresponde el 100% de la recaudación, y así que la CCAA pueda proceder a reinvertir ese dinero aportado por los más ricos en beneficio de los más necesitados. El hecho de que se lleve a cabo directamente por las instituciones autonómicas podría generar una mayor efectividad en su aplicación, ya que la mayor cercanía de las mismas a la población les permite tener una mayor conciencia de los problemas reales de determinados grupos sociales.

Con esta medida se perseguiría el objetivo de la solidaridad de aquellas personas que disponen de una mayor riqueza con aquellos que no, teniendo lugar una redistribución justa de la riqueza y una reducción de las diferencias en los niveles de bienestar de unos y otros.

3.1.6. Como última proposición respecto a los impuestos, se podría considerar la propuesta de la Comisión Europea de crear un Impuesto sobre las Transacciones Financieras (ITF), que gravaría las transacciones financieras como la compraventa de acciones de una sociedad o de productos estructurados y derivados. Esto se debe a que, al fin y al cabo, es un negocio y que, en cierta medida, permitirá gravar la especulación de algunos sectores, que es una de las causas de las fuertes fluctuaciones de la economía y que han generado fuertes crisis financieras como la actual.

El tipo impositivo podría fijarse siguiendo un sistema similar al del IVA, en que se diferencian tres sectores, con un tipo impositivo superreducido, reducido y normal. La pertenencia a un sector o a otro podría depender del nivel de riesgo de las operaciones, que vendría determinado por la Comisión del Mercado de Valores, y que gravaría de una manera más intensa aquellos productos con un mayor nivel de riesgo y, por tanto, especulativo.

Con este impuesto, se pretende, en cierta medida, reorientar los esfuerzos de las personas que invierten en este tipo de productos, que no generan un beneficio para la sociedad en su conjunto, hacia otro tipo de actividades que sí que lo logren, estableciendo unos mayores costes a este tipo de actividades especulativas.

Evidentemente, siguiendo la línea que hemos seguido hasta ahora, esa mayor inversión debería servir para mejorar la distribución de la riqueza, construyendo o manteniendo, por ejemplo, ambulatorios en aquellos pueblos que no disponen de los recursos suficientes para ello o aumentando el número de parques en las grandes ciudades, ya que ayudarían a mejorar el bienestar de la sociedad.

3.2. Fuera de los tributos también podemos encontrar diferentes alternativas que podrían generar también un gran impacto. Cuando hablábamos de los tributos comentábamos que era una de las preocupaciones especiales de las empresas. Pues bien, podríamos afirmar que las cotizaciones a la Seguridad Social son también de una de ellas.

Una medida que podría provocar que un gran número de trabajadores y de empresas centrasen sus esfuerzos en el bien común es una reducción en el pago de las cuotas a la Seguridad Social por la contratación de aquellos trabajadores que lleven a cabo este tipo de actividades. Por una parte, esto permitirá que los trabajadores sientan la inquietud de desarrollar este tipo de actividades porque, aunque no le suponga un beneficio económico directo, sí que influiría en sus posibilidades de encontrar trabajo o de mantenerlo. Además, se acabarían, o reducirían, los problemas para valorar cuándo una persona que se encuentre en situación de desempleo está buscando empleo activamente. Se podría considerar como un mérito más. Por tanto, tendría un doble beneficio por este lado. Por otra parte, las empresas buscarán este tipo de trabajadores e incitarán a sus trabajadores a que lleven a cabo estas actividades. Además, las mismas empresas también deberían de reinvertir esos beneficios obtenidos en beneficio de la sociedad, ya que sino nos estaríamos alejando del objetivo. Esto, aparte de la gratificación que les aportaría a los directivos, también les podría servir como publicidad, transmitiendo una imagen de sensibilización con la búsqueda del bienestar general por parte de las empresas. Para evitar que existiesen posibles presiones por parte de los directivos podría emplearse, conjuntamente con esta medida, la de las encuestas que se ha propuesto anteriormente.

Eso sí, se trataría de una deducción, pero la base cotizada con vistas a los derechos adquiridos por el trabajador seguiría siendo la misma. De esta manera, el trabajador, en un futuro, a la hora de obtener una prestación, dispondría de los mismos derechos para obtener la prestación y la cuantía que habría obtenido de no haber ofrecido la posibilidad a la empresa de obtener esas deducciones, puesto que sino el trabajador resultaría gravemente perjudicado. De esta manera, se perseguiría el fin de la Economía del Bien Común, puesto que los mayores ingresos que obtendrían las empresas se reinvertirían en beneficio de la sociedad. La reducción de ingresos que supondría para la Seguridad Social podría verse paliada, por ejemplo, con el Impuesto sobre las Transacciones Financieras.

Otra propuesta se trataría de que, por el primer trabajador contratado por la empresa que tenga reconocido el conocimiento del sistema de la Economía del Bien Común, o que tenga reconocidos una serie de actividades en beneficio del conjunto de la sociedad, la empresa tendrá derecho a una deducción de 3.000 euros de la cuota íntegra del período impositivo correspondiente a la finalización del período de prueba de un año exigido en el contrato. Esto facilitará que la empresa pueda conocer el modelo propuesto, a través de una persona que actúa siguiendo sus cánones y puede observar si lo considera conveniente, perdiendo esa inseguridad inicial que genera cualquier cambio de tal calibre.

3.3. A parte de las mejoras propuestas anteriormente, también se podría iniciar una política de subvenciones a las empresas para que, por ejemplo, desarrollen una serie de actividades que deriven en un beneficio para la sociedad en general. La forma de llevarlas a cabo sería la habitual de una subvención, pero la idea final sería el solventar una necesidad a medio-largo plazo, y no solamente a corto plazo.

En este sentido, podría ser interesante, porque si tuvieran que ser llevadas a cabo directamente por el Estado, se prestarían de una manera más ineficiente y costosa, ya sea por una menor especialización o por no disponer de las infraestructuras adecuadas. Estas actividades, como estarían basadas en un beneficio social, no tendrían una contraprestación económica directa, por lo que a las empresas en general no les resultaría atractivo. Sin embargo, con estas subvenciones podrían centrarse en las mismas e intentar desarrollarlas. Sería una política similar a lo que ocurre actualmente con la investigación y el desarrollo. Por ejemplo, el desarrollo del asfalto que limita el sonido dentro de la ciudad, que ya ha sido implantado en algunos lugares de la ciudad de Valencia como la Avenida Blasco Ibáñez, que permite reducir la contaminación acústica.

También podrían establecerse subvenciones para fomentar el uso, por ejemplo, del coche eléctrico, que acabaría siendo mucho más económico y, sobre todo, menos contaminante, tanto ambiental como acústicamente. Si en esta época de crisis no resulta rentable reducir el consumo de petróleo por la gran cantidad de ingresos que aportan a las Administraciones, podrían imponerse esos mismos impuestos sobre la electricidad que se emplea para los coches eléctricos, con lo que el coste económico no se reduciría, pero sí que se reduciría sobremanera la contaminación. Al igual que esta política de subvenciones se podría aplicar para fomentar el uso del coche eléctrico, también se podría emplear para fomentar todo tipo de productos que ayudan a reducir la contaminación ambiental y acústica.

3.4. Con la Unión Europea se abolieron los derechos de aduanas en las fronteras exteriores de los países miembros y se estableció un sistema uniforme de tasación de las importaciones. Por tanto, las empresas españolas que adquieran bienes de países miembros de la Unión no tienen que pagar por las aduanas. Ahora bien, frente a los países que no son miembros sí que siguen existiendo este tipo de recargos.

Pues bien, aunque se requeriría un consenso entre países, sería posible la determinación de una serie de aduanas más ventajosas para las empresas comprometidas con la causa y para determinados productos.

Por un lado, podrían fijar un sistema de computación de méritos de las empresas y determinar una serie de ventajas aduaneras. De manera que, contra más méritos tenga una empresa, puede aspirar a mejores ventajas, tanto económicas como de repercusión. Eso sí, como en todas las propuestas anteriores, ese beneficio que obtuviese debería ser reinvertido en actividades que beneficien a la sociedad como, por ejemplo, campañas para evitar el racismo en los países.

Por otro lado, podrían determinarse una serie de bienes o servicios que, por su destino puramente social, aunque no sean en ese país, podrían ser objeto de determinados descuentos. Por ejemplo, en el caso de que una asociación española establezca una sede en India para ayudar a los niños con desnutrición, que las medicinas que deban de adquirir de Alemania para suministrarlas allí dispongan de alguna ventaja. Esa reducción ya estaría siendo reinvertida en beneficio de la sociedad, puesto que se lleva a cabo para ayudar a los niños más necesitados, y ese descuento lo que permitiría es obtener un mayor número de medicinas, en el ejemplo que hemos considerado.

3.5. Otra medida podría ser la creación de unos premios que reconozcan a la empresa que mejor ha perseguido el beneficio común, de manera que los ciudadanos observen las empresas de las que reciben mayores contraprestaciones y poder agradecerlo. Permitirá introducir progresivamente en la sociedad la idea de que la empresa buena es la que reinvierte mejor, y no la que consigue unos beneficios más elevados.

Además, esto aportará una publicidad muy positiva a las empresas que lo logren, lo que les hará sentirse valoradas en esa función e incidir más en ella. Así mismo, las que se encuentren mal situadas, como estarán creándose una imagen negativa de cara a la sociedad, se preocuparán de reinvertir en cantidad y, lo que es más importante, en calidad.

4. En este trabajo hemos expuesto algunas de las posibles medidas que se podrían adoptar para reorientar paulatinamente los esfuerzos de lograr el mayor número de ingresos hacia buscar la mejora de la sociedad en su conjunto. Es verdad que no se trata de una tarea fácil, ya que adaptar todo un sistema económico, en el que hay algunos que ganan mucho dinero y tienen una gran influencia, no es tarea sencilla. La multitud de intereses que se contraponen hace que el cambio sea más complejo de lo habitual, pero llevando a cabo medidas serias y realistas se podría alcanzar.

Aquí hemos propuesto algunas que pensamos que podrían ser interesantes, intentando beneficiar en algunas, en un primer momento, a las empresas, para que reinviertan en beneficio de la sociedad, y en otras directamente a la sociedad, buscando el apoyo de todos los sectores. Para ello hemos establecido las bases generales de cada una de ellas. Las deducciones en impuestos de
gran repercusión como el IRPF, el IVA o el IS, o utilizar incentivos más técnicos como puede ser la libertad de amortización o la amortización acumulada, puede hacer que la empresas resulten atraídas por estas prácticas y, al fin y al cabo, fomenten el modelo de la Economía del Bien Común. El mismo efecto generarían las deducciones en la Seguridad Social y las subvenciones que se concediesen, así como el apoyo a los emprendedores, ya que las empresas son el motor de la economía y sería mucho más probable la implantación del modelo con su apoyo.

Por otra parte, el establecimiento del Impuesto sobre el Patrimonio, el aumento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y la creación del Impuesto sobre Transferencias Financieras podría hacer que la sociedad en general se sienta identificada con este sistema y sea partidaria de promoverlo, porque en ellos se vería satisfecha la reclamación social de una distribución justa de la riqueza. Además, con las aduanas más ventajosas a determinados productos y empresas comprometidas con el Bien Común, que al final repercute en la sociedad, se podría conseguir que existiese compromiso entre países y que el modelo adquiriese una mayor fuerza internacional.

Por último, teniendo en cuenta que una de las grandes preocupaciones de las empresas es la imagen que transmiten al exterior, creando unos premios que reconociesen la labor de las empresas en beneficio de la sociedad podría resultar interesante y una forma de motivarlas.

Ahora bien, aparte de las repercusiones que hemos considerado en este informe, hay otra serie de efectos que podrían generar cada una de estas propuestas, pero ello nos conduciría al desarrollo de un trabajo muy amplio y, por consiguiente, más extenso. Debido a la exhaustividad y profundidad que requeriría cada uno de los análisis, se debería llevar a cabo un estudio particular y único de cada uno de ellos.

Ahora bien, estas son sólo algunos de los incentivos fiscales y propuestas que podrían llevarse a cabo. Pero, evidentemente, existen multitud de ellas. Por ejemplo, una propuesta que podría ser objeto de estudio sería la concesión de créditos baratos a aquellas empresas que reinviertan sus beneficios en la sociedad, de manera que el dinero de más que se soportaría por intereses, podría estar destinado a mejorar la sociedad. U otro ejemplo sería el establecer algún privilegio a estas empresas en los procesos de compra pública y en el momento de repartir los programas de investigación, que podría generar una sensación de apoyo a las empresas que tienen estas preocupaciones sociales por parte del Gobierno, lo que les aportaría una gran dosis de seguridad y autoconfianza en el proceso que desarrollan. Éstas son solo algunas de las propuestas sobre las que también se podría hacer un estudio detallado.

Pues bien, aunque se trate de un proceso complejo y costoso, hay medidas que se pueden adoptar para la consecución de ese fin, por lo que, a pesar del escepticismo que genera el proyecto, no es algo tan ajeno de la realidad. Lo que se debe lograr, en primer lugar, como base del futuro desarrollo, es cambiar la conciencia social de que el mejor no es el que más ingresa, sino el que mejor reinvierte en beneficio de la sociedad.

A lo largo de la historia, no han sido pocos los cambios que se han producido en el mundo, y la mayoría de ellos han llegado tras una profunda época de crisis, como en la que nos encontramos actualmente, en la cual la preocupación e interés en una solución que genera la necesidad se acrecienta. En estos momentos nos encontramos en una situación de marcada gravedad, en la que los problemas económicos se han traslado a la sociedad derivando en problemas sociales. Esto provoca una sensación de insatisfacción y conformismo que puede derivar en multitud de reacciones, pero si se consigue que esos impulsos se dirijan hacia la consecución de una economía basada en los valores sociales de la solidaridad y la cooperación, puede ser el momento de la Economía del Bien Común.

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